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1.1. Disponibilidad por el arrendador
El arrendador puede disponer libremente de las máquinas y accesorios objeto de este contrato, bien por ser propietario de las mismas, bien por estar autorizado a subarrendar las mismas.
1.2. Cesión del uso y disfrute
El arrendador cede mediante este contrato el uso y disfrute completos de las máquinas y accesorios al arrendatario, que reconoce haberlos recibido y prestado su entera conformidad a su estado de funcionamiento.
1.3. Limitación del arrendatario
La maquinaria sólo podrá ser utilizada por el arrendatario, sus dependientes o empleados, bajo la directa y exclusiva dirección del arrendatario, quedando terminantemente prohibida toda la cesión a cualquier otra persona o entidad, bien a título oneroso o gratuito.
1.4. Protección de la propiedad
El arrendatario se obliga a adoptar cuantas medidas sean precisas para salvaguardar el derecho de propiedad del arrendador. Si por la presunción legal que comporta la simple posesión de bienes muebles, se realizara alguna traba sobre la maquinaria y accesorios alquilados,
el arrendatario deberá ponerlo en inmediato conocimiento del arrendador, coadyuvando con éste en la realización de las gestiones que requiera el levantamiento de la carga, abonando el importe medio del alquiler diario, correspondiente al tiempo que la máquina permanezca
trabada, así como el importe íntegro de los gastos originados por su liberalización.
1.5. Derecho de sustitución
El arrendador, durante todo el tiempo de duración de este contrato, y manteniendo los demás pactos convenidos, se reserva el derecho de sustituir las máquinas arrendadas, poniendo en su lugar otras de similares características con capacidad suficiente para realizar el trabajo
convenido. Si la sustitución fuera a requerimiento del arrendatario, serán por su cuenta los gastos originados por el cambio.
2.1. Aceptación del precio
El precio del alquiler convenido, que figura en este contrato, constituye para el arrendatario un compromiso de pago indisoluble e inalterable, realizándose los pagos de acuerdo con las tarifas y forma estipuladas en el mismo documento.
2.2. Transporte, carga y descarga
Los gastos de transporte, carga y descarga del material arrendado, tanto al inicio como al finalizar el alquiler, son de cuenta del arrendatario.
2.3. Impuestos
Los precios de alquiler y transporte establecidos en este contrato no comprenden ni el I.V.A. ni cualquier otro impuesto que sea aplicable, los cuales serán en todo caso por cuenta del arrendatario, incluyéndose en la factura o facturas correspondientes.
2.4. Descuentos
El arrendatario no podrá reclamar ningún descuento o reducción del precio pactado por el tiempo que el material permanezca parado, debido a su mantenimiento normal, servicio o inspección.
2.5. Uso horario
El material arrendado se utilizará conforme a las condiciones diarias y horarias convenidas. Los precios de alquiler de las máquinas están calculados para una utilización máxima de ocho horas por día de trabajo. Cuando la utilización exceda de dicho número, las horas extraordinarias serán facturadas al precio convenido. Los precios de alquiler mensual se consideran para una utilización de 20 días al mes y un máximo de utilización de 160 horas; así mismo, en caso de que la utilización exceda de dicho número, se facturarán igualmente las horas de exceso al precio convenido.
2.6. Morosidad
La morosidad en el pago devengará un interés de 2 puntos por encima del tipo de interés legal del dinero, hasta que se complete el pago de la deuda. El arrendatario deberá hacerse cargo de todas las costas legales, incluidas las del procurador de los tribunales, aunque no sea preceptivo, en que incurra el arrendador para recuperar saldos pendientes, equipo y/o productos. Además, en caso de impago por parte del arrendatario de alguna de las facturas generadas a resultas del presente contrato de alquiler, se producirá el vencimiento anticipado de todas las demás facturas posteriores, quedando desde ese momento facultado el arrendador para exigir judicialmente su pago.
3.1. Lugar
La maquinaria objeto del contrato será entregada por el arrendador en el lugar solicitado por el arrendatario indicado en este documento.
3.2. Responsabilidad
El arrendatario será responsable del transporte del material, de la descarga en el lugar de la entrega y de su carga en el momento de la devolución, corriendo con los riesgos inherentes a tales operaciones.
3.3. Traslado
La maquinaria alquilada no podrá trasladarse del lugar donde ha sido entregada sin previo consentimiento escrito del arrendador, siendo, en su caso, por cuenta del arrendatario todos los gastos de transporte que se originen y de su riesgo y responsabilidad los daños y perjuicios que se causaren al material o a terceros por tal motivo.
3.4. Devolución
Al finalizar el arrendamiento, la máquina, equipo y accesorios serán devueltos al arrendador en las mismas condiciones en que fueron entregados, salvo el desgaste normal sufrido por el uso.
3.5. Legislación
Con la toma de posesión de la máquina por el arrendatario o por la persona por él designada, el arrendatario asume la responsabilidad, en todos sus aspectos, sobre el material de acuerdo con los artículos 1555 y 1594 del Código Civil.
4.1. Periodo
La duración del periodo de alquiler se inicia el día que se efectúa la entrega de material por el arrendador al arrendatario y finaliza con la devolución y entrega de la máquina arrendada en las dependencias del arrendador. En el caso de que el arrendatario diese por finalizado el
contrato de arrendamiento de forma anticipada, deberá comunicarlo de forma fehaciente al arrendador.
4.2. Determinación
Las fechas de comienzo y final del arrendamiento objeto del presente contrato, señaladas en el apartado correspondiente, sólo podrán ser alteradas por expreso acuerdo entre las partes.
4.3. Resolución anticipada
No obstante lo expuesto en la cláusula anterior, este contrato podrá ser resuelto unilateralmente por el arrendador con anterioridad a la expiración de su periodo de vigencia, cuando el arrendatario incumpla cualquiera de las obligaciones contraídas o exista razonable temor a un incumplimento próximo. El impago de cualquier cantidad adeudada al arrendador será causa de resolución del presente contrato, si el arrendador así lo estima. Toda utilización que no esté de acuerdo con un uso «normal» del material alquilado, dará derecho al arrendador a rescindir el contrato de alquiler y a exigir la devolución del material, que se efectuará de forma inmediata al recibo de su exigimiento.
4.4. Obligaciones contraídas
El vencimiento, denuncia o resolución de este contrato no implica la extinción de las obligaciones contraídas y no cumplidas por el arrendatario durante la vigencia de áquel.
5.1. Utilización
El equipo alquilado se utilizará única y exclusivamente para el fin que ha sido contratado y en el lugar de trabajo indicado, con absoluto sometimiento a las normas generales de seguridad tipificadas en la legislación vigente sobre la materia.
5.2. Usos vetados
Queda expresamente prohibido utilizar el equipo para empujar o remolcar cualquier otro vehículo o maquinaria, así como sobrepasar o exceder la capacidad máxima de carga indicada en las Condiciones Particulares.
5.3. Personal
El arrendatario confiará el material a personal cualificado adecuadamente instruído para el manejo del mismo, de conformidad con la normativa vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales y de Seguridad e Higiene en el trabajo, comprometiéndose a no utilizar el material personas bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de narcóticos. Serán por cuenta del arrendatario todos los gastos que se ocasionen como consecuencia del uso del material objeto de este arrendamiento, tales como salarios, seguros sociales de los trabajadores, seguro de accidentes, responsabilidades civiles y penales así como cualquier otro canon, impuesto o arbitrio que como consecuencia del uso del material hubiera que satisfacer. El arrendatario se compromete a estar, en todo momento, en posesión de todas las autorizaciones que sean necesarias.
5.4. Revisiones
Se revisarán diariamente la máquina y sus accesorios, comprobando y manteniendo los elementos imprescindibles, conforme a las prescripciones del fabricante. Idéntico criterio regirá para las especificaciones semanales, incluyendo la presión de aire recomendada para los neumáticos, si los tuviera.
5.5. Materiales de mantenimiento
Serán por cuenta del arrendatario todos los lubricantes, aceites, grasas, combustibles, ácidos, electrolitos, etc., necesarios para el mantenimiento y completar los niveles recomendados por el fabricante de las máquinas. El arrendatario tendrá que hacerse cargo de las averías provocadas por negligencia en este aspecto. Queda totalmente prohibido el uso de combustibles no autorizados legalmente, según el tipo de máquinas y en especial los no aptos para la combustión de motores diesel y de gasolina, como el fuel-oil de calefacción, benzoles, etc. Los daños, averías y sanciones serán por cuenta del arrendatario.
5.6. Neumáticos
Se reparará adecuadamente cualquier pinchazo o rotura de los neumáticos de la máquina, corriendo el arrendatario con los gastos de sustituir los que fueran dañados.
5.7. Limitación de reparar
Exceptuando las anteriores operaciones de mantenimiento, el arrendatario no podrá reparar, sustituir o modificar el material alquilado sin previa autorización escrita del arrendador.
5.8. Aviso de averías
El arrendatario deberá notificar inmediatamente al arrendador cualquier avería o funcionamiento incorrecto del material alquilado.
5.9. Equipo eléctrico
El arrendatario tendrá la responsabilidad de asegurarse de que el suministro de electricidad utilizado con el equipo sea adecuado, con la correcta toma de tierra.
5.10. Inspecciones
El arrendatario permitirá al arrendador y su personal autorizado, en todo momento razonable, realizar cuantas visitas de inspección o control sean precisas. Si como consecuencia de las inspecciones resultaren incumplidas las cláusulas del contrato, el arrendador podrá rescindir unilateralmente la obligación contractual y retirar la maquinaria alquilada.
5.11. Para cada caso de finalización del plazo pactado o de rescisión del contrato, el arrendatario apodera y autoriza de forma irrevocable al arrendador para acceder a la finca o instalaciones en las que se encuentren los equipos/material arrendados, con el personal de ella dependiente y el material necesario (si se solicitasen) para proceder a la retirada de los mismos.
5.12. Todas las averías, daños y reparaciones, incluidas las ocasionadas por el uso normal de la máquina, serán por cuenta del arrendatario, que deberá abonar su importe a la recepción de la factura. El impago de la factura de reparación, será causa de resolución de todos los contratos de arrendamiento de maquinaria suscritos entre el arrendador y el arrendatario.
6.1. Reparaciones
El arrendador se obliga a reparar, a la mayor brevedad posible, las averías denunciadas en tiempo y forma, que se produzcan como consecuencia inmediata de los desgastes originados por el uso normal del material arrendado. En relación a tales reparaciones, mientras las mismas tengan una duración inferior a veinticuatro horas, se estimará como un mantenimiento normal de la maquinaria, sin derecho a deducción alguna del precio del arriendo. Si en opinión del arrendador tal reparación pudiera superar dicho plazo desde el momento del aviso de la avería, o bien no fuera aconsejable realizarla, sustituirá el material arrendado, en la medida de lo posible, por otro de la misma capacidad y especificaciones generales. La imposibilidad de sustituir momentáneamente alguno de los elementos arrendados no dará lugar por sí misma a la resolución del contrato, pero en ese caso se reducirá proporcionalmente la renta por el tiempo tardado durante la sustitución del elemento averiado.
6.2. Materiales
El arrendador facilitará al arrendatario todos los materiales de mantenimiento necesarios y convenientes para el adecuado funcionamiento de las máquinas, cuyo importe será por cuenta del arrendatario de conformidad con lo estipulado en la Cláusula 5.5 de estas Normas Generales.
7.1. Declaración general
El arrendatario responderá tanto del valor del equipo como de su estado de conservación durante todo el tiempo de duración del contrato de alquiler, comprometiéndose a devolverlo en el mismo estado en que fue entregado.
7.2. Pérdida o deterioro
Durante la vigencia del contrato, el arrendatario se hace responsable del deterioro, pérdida total o parcial de la maquinaria alquilada y sus accesorios, cualquiera que sea la causa, incluso el robo y el hurto. Los daños irreparables o la pérdida del equipo (incluso robo y hurto) darán lugar a un cargo por el coste total de la reposición a nuevo siendo las facturas que se generen con forma de pago “contado”. Las tarifas de alquiler se irán devengando hasta que el arrendatario liquide el total de estos cargos.
7.3. Daños y perjuicios
Asimismo, el arrendatario asume la responsabilidad por todos los daños y perjuicios, materiales o corporales, que puedan ser causados por o con dicha maquinaria y sus accesorios, durante la vigencia del contrato, sin que por tales conceptos pueda hacerse nunca responsable al arrendador. El arrendatario asumirá a su vez la obligación de pago del precio fijado en el supuesto de paralización de las obras por falta de permisos administrativos previos de las obras, ocupación de vía pública o de vallados, huelgas de personal, accidentes o siniestros que afecten a las máquinas o accesorios, u otros motivos cualesquiera de paralización, ajenos al arrendador. El arrendatario renuncia expresamente a realizar cualquier reclamación o descuento por lucro cesante o perjuicio similar durante la vigencia del contrato sin menoscabo de las responsabilidades tipificadas del arrendador.
8.1. Arrendador
La maquinaria objeto de este contrato de alquiler está amparada por una póliza de Seguros de conformidad con la legalidad vigente, que es el seguro que se repercute al cliente y que abona junto al alquiler de la máquina.
8.2. Arrendatario
El arrendatario deberá establecer por su cuenta y a su cargo los oportunos seguros de daños a la máquina y los determinados en las Condiciones Particulares del Contrato, figurando como beneficiario el arrendador en la parte correspondiente a los bienes arrendados. El seguro de transporte sólo obliga al arrendatario cuando el transporte sea por su cuenta.
8.3. Principio general de responsabilidad
Con independencia de las coberturas prestadas por las pólizas anteriormente citadas, el arrendatario será siempre responsable de las indemnizaciones reclamadas por terceros, conforme a las estipulaciones 1.4. (Protección de la propiedad) y 7.3. (Daños y perjuicios), del presente documento.
9.1. El presente contrato es el único con validez para regular la relación entre ambas partes y deja sin efecto cualquier otro documento o contrato, anterior o posterior, y cualquier otra estipulación distinta a las del presente contrato, cualquiera que sea el documento o medio en que se estipule.
9.2. Causas de resolución del contrato
Serán causas de resolución el incumplimiento por el arrendatario de sus compromisos de pago, de las Condiciones particulares o de las Normas Generales del presente contrato u otros que tuviera suscritos, así como la declaración de quiebra, preconcurso o concurso de acreedores del arrendatario, sin perjuicio de los casos de resolución unilateral anticipada tipificados en las cláusulas 4.3 y 5.10 de este documento.
9.3. Consecuencias de la resolución del contrato
Producida la resolución del presente contrato u otros que tuviera suscritos, o llegado el término del período de arrendamiento, el arrendador queda facultado para la retirada de la/s máquina/s y accesorios sin ningún otro requisito de autorización, obligándose el arrendatario a facilitar la expedita disponibilidad de los bienes arrendados.
10.1. El signatario garantiza que está autorizado por el arrendatario para celebrar este contrato en su nombre, siendo responsable ante el arrendador de todas las pérdidas y costes en que éste pudiera incurrir si su actuación se basara en una falsa representación.
11.1 De conformidad y en cumplimiento del Reglamento Europeo de Protección de Datos, aplicable desde el pasado 25 de mayo de 2018, le informamos que sus datos serán incorporados a un fichero titularidad de VALQUI, S.A.U. con la finalidad de poder prestarles los servicios derivados de la relación que mantenemos con ustedes, resolviendo sus consultas y pudiendo enviarles información que pueda ser de su interés, de modo que nuestra relación comercial pueda desarrollarse de manera adecuada. Los datos proporcionados serán conservados durante la relación comercial, la prestación de servicios y durante el plazo estrictamente necesario, cumpliendo con las obligaciones legales. VALQUI, S.A.U. procederá a tratar los datos de manera, lícita, leal, transparente, adecuada, pertinente, limitada exacta y actualizada,
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12.1. Para cuantas cuestiones e incidencias puedan derivarse del cumplimiento e interpretación de este contrato, ambas partes con expresa renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten voluntariamente a la competencia y jurisdicción de los juzgados y tribunales de Zaragoza.